ONU – OMS – OIT: Instancias de protección a los Teletrabajadores, a menudo “invisibles”

Transformación digital del trabajo en el mundo.

 

Agencias autorizadas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) exponen en 2022 información técnica sobre teletrabajo saludable y seguro, en paralelo con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), señalando beneficios y riesgos intrínsecos en la generalidad de convenios de empleo a distancia, junto con las medidas ineludibles que deben establecerse para ajustar tanto los cambios operativos como la transformación digital del trabajo en consecución mundial.                                                                                                                                                                                                                   

En opinión de Maria Neira, Directora del Departamento de Medio Ambiente, Cambio Climático y Salud de la OMS, la crisis pandémica ha desencadenado un aumento del Teletrabajo, cambiando la naturaleza del trabajo de un momento a otro para la fuerza laboral. Las tendencias y permanencia dependerán completamente de si los gobiernos, empleadores y trabajadores laboran en conjunto, y del sustento de servicios de salud ocupacional ágiles e inventivos para cimentar políticas y prácticas que beneficien tanto a los trabajadores como al trabajo.

Entre las ventajas de la adopción global del Teletrabajo, cuando se organiza y se cuenta con el equipo adecuado, se produce el beneficio de un mejor equilibrio entre el trabajo y la vida personal; oportunidades de horarios de trabajo flexibles y más actividad física; reducción del tráfico y del tiempo de desplazamiento y una disminución considerable de la contaminación del aire en las zonas urbanas. Estos aspectos podrían mejoran la salud física y mental individual, lo cual incidiría notablemente en el bienestar social, con mayor productividad y disminución de costos operativos para muchas empresas.

Sin embargo, se advierte que el revés de la moneda muestra que sin planificación, organización y apoyo de los aspectos adecuados de incidencia en la salud y la seguridad, el trabajo remoto puede generar también sentimientos de aislamiento, agotamiento, depresión, fatiga visual, aumento del consumo de alcohol y aumento de peso no saludable, con todas las consecuencias implicadas. A medida que nos alejamos de una especie de patrón de espera para establecernos en una nueva normalidad, hay oportunidad de incorporar nuevas políticas y prácticas de apoyo a millones de teletrabajadores en el desempeño de un trabajo saludable, feliz, productivo y decente. Para eso, los servicios de salud ocupacional deberían brindar apoyo ergonómico, de salud mental y psicosocial a los teletrabajadores que utilizan tecnologías digitales de telesalud; y cualquier empleador que adopte estas modalidades debería implementar medidas para garantizar que el personal reciba el equipo adecuado a su labor, así como la información y formación pertinentes para reducir el impacto psicosocial de su modalidad de trabajar aislado, incluido el derecho a desconectar.

En pro de la satisfacción de las necesidades globales, el informe técnico general de la ONU sobre el Teletrabajo describe las funciones de los gobiernos, los empleadores, los trabajadores y los servicios de salud en cada locación de trabajo para promover y proteger la salud y la seguridad durante la labor a distancia; ofreciendo recomendaciones prácticas para organizar con prioridades claras, plazos y expectativas. Además, exhorta a las empresas para que desarrollen programas especiales de desempeño apoyándose en tecnología de plataformas digitales efectivas.

El número de trabajadores a domicilio en todo el mundo se ha visto incrementado y existe la necesidad de que los empleadores se aseguren de que sus empleados trabajen en un entorno seguro donde sea que laboren. Antes de la pandemia, se computaron 260 millones de trabajadores a domicilio (sin incluir a los trabajadores domésticos), representando el 7,9% del empleo a nivel global. De esos trabajadores, el 56%, alrededor de 147 millones, eran mujeres. La OIT estima que esa cifra podría haberse duplicado, con uno de cada tres trabajadores en labor a distancia en América del Norte y Europa, y uno de cada seis en el África subsahariana.

El lanzamiento de vacunas, principalmente en el mundo desarrollado, ha aumentado las posibilidades de un regreso al lugar de trabajo, pero un número considerable de empresas y trabajadores apuestan por conservar cierto grado de empleo desde casa, inclinándose hacia los beneficios. No obstante, los teletrabajadores afrontan mayores riesgos de seguridad y salud y tienen menos acceso a las prestaciones y oportunidades que se ofrecen a otros trabajadores, según la OIT. Así que, basado en las malas condiciones laborales que afectan a estas personas, a menudo “invisibles” en los sectores económico y laboral, es ineludible tomar acciones para garantizarles mayor protección formal.

La OIT ha publicado últimamente estudios que alertan acerca del aumento sustancial de los trabajadores que operan desde su domicilio, en el marco de la crisis pandémica, pasando desapercibidos en los censos laborales porque las tareas que desempeñan se insertan en la esfera privada y en el rubro informal, como ocurre con cerca del 90% de los casos en los países de renta baja o media. Inclusive, en las profesiones que requieren un mayor grado de calificación, la remuneración es menor que la de otras personas que realizan labores equivalentes en un sitio oficial de trabajo.

Así, existe casuística del Reino Unido, con estadísticas donde el pago al teletrabajador es un 13% menor en el sector informal; de Estados Unidos, con un 22%; de Sudáfrica, con un 25%; y de Argentina, Chile, India y México, con un 50% menos.

Generalmente, los teletrabajadores no cuentan con acceso a programas de capacitación para avanzar en su trayectoria profesional, ni tienen la misma protección social que el resto de los trabajadores, o no la tienen, y tampoco participan en sindicatos o en convenios colectivos. En las categoría de trabajadores que operan en esta condición, desde casa, figuran las personas que hacen su labor a distancia de forma ininterrumpida y los que desempeñan una tarea no automatizada en el sector productivo con ocupaciones como: costura, bordado, artesanías o montajes electrónicos, e incluyen también a quienes prestan servicios por medio de plataformas digitales y/o virtuales de asistencia administrativa, gestores de reclamos, editores de texto, alimentadores de bases de datos, etc.

Según la OIT, la deficiencia de la reglamentación del teletrabajo y la complejidad de cumplir con las legislaciones vigentes ha dado pie a tratar a los empleados a distancia como contratista autónomos, excluyéndolos del ámbito que les corresponde en alguna legislación laboral.

Únicamente diez Estados Miembros de la OIT han ratificado participar en una medida titulada Convención 177, promoviendo la igualdad de trato entre los teletrabajadores y otros asalariados, habiendo pocos países con políticas integrales legisladas sobre la materia. Por lo cual, en el sector industrial sería ineludible facilitar la transición de los teletrabajadores a la economía formal mediante medidas como: la ampliación de su protección jurídica, la generalización de contratos suscritos por escrito que les permita acceso a la seguridad social, instrucción de esos trabajadores sobre sus derechos, condiciones laborales e instrumentos legales aplicables para establecer salarios justos, que les hagan transitar de un estado de “invisibilidad” a una situación de trabajo decente, independientemente de la tarea que desempeñen y del país donde lo hagan.

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